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Subsidios de Arriendo: La Transición a la Casa Propia

16 de junio de 2021

Valparaíso, junio de 2021.- Un total de 2 llamados para postular a la opción de arriendo de viviendas, mantiene vigente el ministerio de Vivienda y Urbanismo. Así lo informó la seremi del ramo en Valparaíso, Evelyn Mansilla, quien invitó a todas las personas que lo necesiten, a postular.

“El subsidio de Arriendo es una gran opción que permite a muchas familias que se lo adjudican, ahorrar para adquirir una vivienda definitiva, sin duda, esta es nuestra mayor finalidad, ayudar a quienes no tienen capacidad de juntar dinero mes a mes, para que así puedan de manera paralela, postular a las soluciones habitacionales que ofrece nuestro ministerio”.

En esta línea, la autoridad explicó que, en este momento, el Minvu tiene 2 modalidades de postulación en esta categoría de Arriendo, “en primer lugar queremos destacar el Subsidio de Arriendo para la Clase Media, que sin duda ha sido un éxito. Durante el año pasado entregamos 50 mil subsidios y este 2021 entregaremos 50 mil más en todo el país. Esta es una gran noticia, ya que estamos apoyando a una parte de la población que nunca había adquirido un beneficio del estado, y que producto de la pandemia se ha visto en la necesidad de postular a estos beneficios, generándose un gran apoyo en esta época de incertidumbre. Las familias que cumplan con los requisitos, podrán postular hasta el 30 de julio, ya que extendimos el plazo”.

Finalmente, relevó la importancia del Subsidio de Arriendo Regular, programa destinado a que las familias que no tienen una gran capacidad de ahorro y que buscan obtener una vivienda definitiva, puedan ahorrar adquiriendo este subsidio, “este es un subsidio que dura alrededor de 3 años aproximadamente, por lo tanto, invitamos a todas las personas que cumplan con los requisitos y que requieran un apoyo para poder ahorrar, optar a este beneficio y postular hasta el 15 de octubre”.

Para cualquiera de los beneficios destacados, la seremi precisó que las postulaciones son 100% online a través de minvu.cl

 

ARRIENDO REGULAR

LLAMADO 2021 REGULAR: DISPONIBLE HASTA EL 15 DE OCTUBRE

  1. Subsidio total $4.809.277 (aproximadamente 170 UF)
  2. Se entrega $119.104 mensuales Aprox. (4,2 UF)
  3. El valor del arriendo debe ser máximo de $311.939 mensuales Aprox. (11 UF).
  4. Duración 3 años Aproximadamente, se puede fragmentar de hasta 8 años.

 

 Requisitos

  1. Tener mínimo 18 años de edad.
  2. Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros vigente. Actualmente, las cédulas de identidad podrán tener vencimiento en el 2020 o en el 2021.
  3. Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
  4. Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Se permitirá una postulación por RSH en cada llamado.
  5. Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular, la cual debe estar a nombre del postulantes, cónyuge o conviviente civil.
  6. En el presente llamado se dispone contar con un ingreso familiar entre 5 UF ($147.950.-) y 25 UF ($739.750.-). Por cada integrante familiar que excede de tres, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF.

 

ARRIENDO CLASE MEDIA

1.¿A quién va dirigido el subsidio?

Dirigido a grupos familiares de ingresos bajos y medios de todas las regiones del país, que han visto afectada su situación laboral y que se encuentran arrendando una vivienda actualmente.

2. ¿Por cuánto tiempo las familias recibirán este subsidio?

Por un plazo de 3 meses.

3. Proceso de pago

Se realizará un solo pago considerando las 3 cuotas del beneficio, vía transferencia directa del MINVU a la cuenta del arrendador registrada al momento de la postulación.

4. ¿A cuánto ascienden los montos de este subsidio?

El monto a asignar es de hasta $250.000 y el valor máximo de la vivienda a arrendar es de $600.000. Cuenta con una cobertura de hasta 70% del arriendo y un copago mínimo de 30% por parte del beneficiario.

*El programa regular de arriendo considera subsidio de $120.000 y arriendo hasta $315.000.

5. ¿Cuáles son los requisitos para postular?

  • Demostrar pérdida de empleo o baja de más del 30% de ingresos. (*Adultos mayores jubilados sólo deberán presentar el comprobante de pago de pensión de vejez).
  • Declaración del núcleo familiar con el que se postular (puede postular con o sin RSH).
  • Estar arrendando una vivienda actualmente de hasta $600.000.
  • Presentar los documentos de postulación.

6. ¿Cómo acredito que arriendo una vivienda?

Puede acreditarse con al menos UNO de estos documentos:

  1. Contrato de arriendo firmado ante Notario Público, o un contrato simple firmado por las partes al cual se deberá adjuntar declaración jurada simple del arrendatario y del arrendador con fecha hasta el 15 de marzo, 2021.
  2. Completar en la plataforma el número de rol de avalúo.
  3. Declaración jurada por el arrendador otorgada, mediante formato tipo Minvu.

 

7. ¿Cómo acredito que perdí el trabajo?

Puede acreditarse con al menos UNO de estos documentos:

  1. Finiquito de contrato de trabajo cuya (fecha no anterior al 1° de marzo 2020), junto con certificado de pagos de cotizaciones previsionales.
  2. Comprobante cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
  3. Informe emitido por el SII respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios.
  4. Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios.
  5. Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales o Cotizaciones en FONASA.
  6. Modificación del contrato de trabajo en que conste la disminución de los ingresos.
  7. Informe social de una entidad o servicio público, como municipalidad.
  8. Cualquier otro documento en el que conste de manera fehaciente la modificación de las condiciones laborales.

 

8. Pueden postular:

Postulantes 2020: SÍ.

Extranjeros: SÍ

Personas que no tengan núcleo o vivan solas: SÍ